Argentina refuerza el esquema contra la financiación de la proliferación (Res. UIF 3/2026) y actualiza umbrales de reportes en el sector automotor
La Unidad de Información Financiera (UIF) dictó la Resolución 3/2026 (B.O. 08.01.2026), por medio de la cual se define el mecanismo para reportar operaciones sospechosas de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (“FP”), así como el procedimiento para el congelamiento de bienes u otros activos de personas y entidades designadas en relación con el FP. De esta forma, se unifican las obligaciones para todos los sujetos obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley 25.246 (los “Sujetos Obligados”), alineando al país con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en la materia. Asimismo, a partir del 15 de enero de 2026 comenzaron a regir los nuevos umbrales aplicables al sector automotor, actualizados según el Índice de Precios del Sector Automotor y conforme al mecanismo previsto en las Resoluciones UIF Nº 169/2023 y Nº 127/2012
